IVA Digital 2025: Nuevas reglas para servicios y ventas internacionales – Ley N° 21.713

A partir del 25 de octubre de 2025, entrará en vigor un nuevo régimen de IVA para las ventas remotas de bienes realizadas por plataformas digitales extranjeras (AliExpress, Shein, Amazon, Temu, Shopee, entre otras).

Esta reforma, contenida en la Ley N° 21.713 sobre Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, busca equiparar el tratamiento fiscal entre comercios nacionales y extranjeros, cerrando vacíos que existían en el comercio electrónico internacional.

La medida complementa el régimen de IVA a servicios digitales vigente desde 2020 (Google, Netflix, Meta, AWS, etc.), creando un marco completo para la tributación digital.

Marco legal

  • Ley 21.210 (2020): introdujo el IVA a servicios digitales prestados desde el extranjero.

  • Ley 21.713 (2024): amplía el IVA a la venta remota de bienes físicos a través de plataformas digitales, refuerza el registro de proveedores y obliga a intermediarios financieros a retener impuestos cuando corresponda.

Vigencia: 25 de octubre de 2025 (nuevas reglas para bienes).
Registro de plataformas: desde el 1 de agosto de 2025.

IVA Digital en Servicios (vigente desde 2020)

Se aplica a plataformas que prestan servicios digitales a usuarios chilenos, como software, nube, streaming, publicidad o intermediación.
Los proveedores deben declarar el IVA mensual mediante el Formulario 129 simplificado.

Ejemplos: Netflix, Spotify, Google Ads, AWS, Zoom, Meta Ads, Apple Store.

👉 Si el proveedor no está inscrito, el SII puede ordenar a los bancos o tarjetas chilenos retener el IVA al momento del pago.

IVA Digital en Bienes (nuevo desde octubre 2025)

El nuevo régimen grava las ventas internacionales por hasta USD 500 realizadas a consumidores finales en Chile, cuando la operación se efectúe por plataformas o comercios extranjeros.

A quiénes aplica

  • Consumidores finales (personas naturales o empresas no contribuyentes de IVA).

  • También a contribuyentes de IVA que importen bienes, pero bajo el régimen general de Aduanas.

Límite

  • Operaciones por hasta USD 500 (≈ CLP 477 000) ingresan al sistema simplificado.

  • Sobre USD 500 → régimen general de importación (IVA + derechos aduaneros).

Cómo funciona el sistema simplificado

Compra

El precio final ya incluye el IVA (19 %). El consumidor no paga en Aduanas.

Retención del IVA

La plataforma digital o tienda extranjera retiene y paga el IVA al SII.

Declaración simplificada

Se realiza mensual o trimestralmente por la plataforma (Form. 129).

Plataformas no registradas

Si no están inscritas, Aduanas cobra el IVA al ingreso del producto y retiene la mercadería hasta su pago.

Plataformas inscritas

Según las últimas resoluciones del SII (Res. 84, 93 y 103 de 2025), ya figuran inscritas:
AliExpress, Amazon, Shein, Temu, Shopee, Elsevier, Its Elementary, Regina Margherita y Everich Group.

El listado completo y actualizado estará disponible en www.sii.cl a partir del 25 de octubre.

Beneficios para el consumidor

  • Rapidez: sin trámites en Aduanas.

  • Transparencia: precios finales con IVA incluido.

  • Certidumbre: menos riesgo de retención en frontera.

Normativa y documentos técnicos

  • Circular N° 39 (2025): instrucciones generales del régimen.

  • Resolución N° 84: registro simplificado de plataformas.

  • Resolución N° 93: procedimiento declaración y pago.

  • Resolución N° 103: resolución conjunta SII–Aduanas para control aduanero.

Conclusión Ejecutiva

La Ley 21.713 marca un nuevo hito en la modernización tributaria chilena:
Chile pasa a un modelo de equidad fiscal digital, donde tanto los servicios como los bienes vendidos por plataformas extranjeras tributan IVA en igual condición que las empresas locales.

Para las Pymes chilenas y los usuarios finales, la clave será verificar si las plataformas están debidamente inscritas ante el SII, pues eso determinará si el IVA se cobrar en la compra o en la importación.

VGR Tax & Advisors – Opinión Técnica

“La Ley 21.713 representa una segunda etapa del IVA digital chileno. Su implementación integrará servicios y bienes bajo un mismo marco fiscal, reforzando la trazabilidad de pagos internacionales y mejorando la competitividad tributaria local.”

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